Las nuevas ‘juanitas’ y ‘juanitos’ legislativas

Gerardo Cortinas Murra.


Las maniobras realizadas, en elecciones federales pasadas, por el PVEM mediante la promoción de candidatas (mujeres) y su inmediata renuncia a su curul, para que el candidato suplente (varón) ejerciera el cargo de diputado federal y, de esta manera, le permitiera a este partido político integrar lo que hoy se conoce como ‘telebancadas’ legislativas, generó la acuñación del término ‘juanitas legislativas’.
Tan descarada violación a los principios electorales, obligó al TEPJF a emitir diversos criterios jurisprudenciales; y posteriormente, al Congreso de la Unión para legislar al respecto, para desterrar este tipo de fraude a la ley, en perjuicio de las candidatas afectadas.

Sin embargo, con el afán de perpetuar sus privilegios mediáticos, la rapiña electoral del Verde ha llegado a conductas insospechadas, como lo es la reiterada actitud de postular a personajes estrechamente vinculados con los grandes consorcios televisivos para dar continuidad a las ‘telebancadas’ legislativas. Así, para el periodo 2015-2018, este partido político ha postulado a varias mujeres, por la vía plurinominal, garantizando su acceso a la Cámara de Diputados.

Entre ellas, podríamos mencionar a la exdirectora jurídica de Radiópolis (Lorena Corona Valdés), a la excoordinadora de Logística de Televisa (Paloma Canales Suárez), a la suplente de la actual senadora Ninfa Salinas, hija del propietario de TV Azteca, Ricardo Salinas Pliego (Alma Lucía Arzaluz), a la conductora de Canal 40, de TV Azteca (Adriana Sarur Torre). Por su parte, el PRI postuló a un personaje de la farándula (Carmen Salinas), de mucha confianza de las empresas televisivas.

En el presente proceso electoral, la Sala Superior del TEPJF ha reiterado un criterio mediante el cual se crea una nueva modalidad de ‘juanitas’ legislativas, al establecer que en las elecciones municipales se debe cumplir, escrupulosamente, la paridad de género, so pretexto de “una aplicación efectiva de medidas necesarias para que sea efectivo el acceso al mismo trato y oportunidades, para el reconocimiento y goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales”.

En Tabasco, el cumplimiento de la ejecutoria electoral raya en lo grotesco y en lo perverso: el PRI y el PRD ‘cumplieron’ la sentencia sustituyendo a sus candidatos varones, por sus respectivas esposas, hermanas, primas y hasta incondicionales.

Ambos partidos políticos, afirman que la nueva lista ‘familiar’ da cumplimiento cabal a la sentencia de la Sala Superior; sin embargo, dicho cumplimiento ha sido acremente cuestionado ya que no fueron incluidas las militantes mujeres que impugnaron el acuerdo, supuestamente, discriminatorio: De las 16 mujeres que aspiraban a una alcaldía, sólo dos de ellas lograron una candidatura, “el resto fueron ignoradas y suplantadas por las esposas de los candidatos caídos”.

En cuanto a la nueva modalidad de los ‘juanitos’ legislativos, esta surge como consecuencia natural de las excesivas sanciones establecidas en la LGIPE. Así, por ejemplo, en los estados de Michoacán y Jalisco el Consejo General del INE determinó rechazar el registro de varios candidatos “por no haber presentado en tiempo sus reportes de gastos de campaña, o bien, por haber rebasado los topes de gastos establecidos”.

Al respecto, los consejeros electorales consideraron que, en estos casos, “la conducta es grave, pues vulneró los valores y principios del nuevo modelo de fiscalización, que pretende que el dinero no genere inequidad al interior de los partidos ni en la búsqueda de un cargo”.

El alegato del presidente del INE, Lorenzo Córdova, fue el siguiente: “Desde mi perspectiva, la radicalización de las sanciones no es un atentado contra el pluralismo, ya que se salvaguardan los derechos de los partidos políticos a sustituir a los aspirantes que rebasaron los topes... No se trata de una interpretación negativa, una interpretación abusiva de la autoridad electoral, sino el cumplimiento de un mandato constitucional”.

En Michoacán, perdieron la posibilidad de ser registrados 36 precandidatos del PRD (28 a alcaldes y 8 a diputados); 6 del PRI (3 a presidencias municipales y 3 a diputados). En Jalisco, los afectados fueron 13 precandidatos del PRD (10 a presidencias municipales y 3 a diputaciones locales); y 5 precandidatos de Movimiento Ciudadano a cargos de ayuntamientos. Adicionalmente, los consejeros electorales ordenaron amonestar públicamente a 1,068 precandidatos del PRD, PRI, Movimiento Ciudadano, PT y Encuentro Social de esas entidades federativas.

Obviamente, los precandidatos ‘sancionados’ fueron sustituidos por militantes que no realizaron precampaña alguna. En otras palabras, como consecuencia de este castigo electoral, los partidos quedaron ‘autorizados’ jurisdiccionalmente para llevar a cabo el respectivo enroque electoral, a su entera discreción y sin sujetarse a ninguna regla de prelación electoral.

Como podrá apreciar, estimado lector, los excesivos castigos contenidos en la nueva legislación electoral no sólo han convertido a los precandidatos y candidatos en personajes medrosos y asustadizos; sino además, la velada amenaza de la negativa del registro como candidato, o en su caso, la cancelación de dicho registro es una amarga y cruel realidad, que autoriza la ‘automática’ substitución de candidatos.


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